Tras una reglamentación de acuerdo al Código Contravencional
Según informó la comuna a través de un comunicado, la Agencia Platense de Recaudación de la Comuna (APR) podrá decomisar productos, mercaderías y vehículos, entre otros bienes, que pertenezcan a deudores del Municipio.
Así fue reglamentado en el Artículo 57 del Código Tributario, donde se explicita que podrán ser incautados los elementos que se hallen en establecimientos, locales, oficinas o depósitos, que constaten infracciones como deudas o faltante de comprobantes, tipificadas en el Código Contravencional de La Plata.
En ese sentido, la APR deberá decidir cómo debe continuar el procedimiento, ya que el mismo puede dividirse en interdicción, en cuyo caso se designará como depositario al propietario, o en secuestro, mediante el cual se podrá designar depositario a una tercera persona.
Cabe destacar que todas las actas que se labren deberán ser elevadas directamente al Juzgado de Faltas del Municipio, en un período máximo de 24 horas. Además, las mismas, se pondrán