(Comunicado de prensa) - La Defensor铆a del Pueblo de la Naci贸n le recomend贸 al Registro Nacional de las Personas (RENAPER), que adopte todas las medidas conducentes a fin de adecuar la informaci贸n p煤blica disponible en sus canales oficiales de comunicaci贸n -incluida su p谩gina web-, asegurando que la misma sea clara, veraz, completa y actualizada, especialmente en cuanto a las demoras actuales respecto de los plazos habituales para las distintas modalidades de tramitaci贸n de DNI, a fin de permitir a los ciudadanos tomar decisiones informadas.
La Defensor铆a nacional inici贸 una investigaci贸n de oficio ante el incremento notorio de las consultas recibidas por demoras significativas en la tramitaci贸n del Documento Nacional de Identidad (DNI) emitido por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER), desde comienzos del a帽o en curso.
Dichas demoras, superan ampliamente los plazos habituales del organismo para gestionar la documentaci贸n oficial que acredita identidad de los ciudadanos.
Tal situaci贸n afecta tanto a quienes gestionan su primer ejemplar de DNI como a quienes realizan su actualizaci贸n y/o reposici贸n, especialmente a aquellas personas que optaron por la modalidad regular o expr茅s, tanto para nacionales como extranjeros.
Seg煤n los reclamos recibidos en esta Defensor铆a del Pueblo de la Naci贸n por parte de la ciudadan铆a, en el contexto actual, los plazos informados por el organismo se encuentran ampliamente excedidos, registr谩ndose demoras que en muchos casos superan los 60 d铆as para los tr谩mites con modalidad regular y m谩s de 15 d铆as para la modalidad expr茅s, lo que evidencia una discordancia entre los tiempos oficialmente comunicados y los verificados en la pr谩ctica.
Dicha situaci贸n configura un obst谩culo concreto en el acceso oportuno a un documento esencial, cuya posesi贸n resulta indispensable para el ejercicio de derechos civiles, pol铆ticos, sociales y econ贸micos, as铆 como la posibilidad de realizar tr谩mites administrativos, m谩xime cuando el ejemplar anterior es anulado autom谩ticamente al momento de realizarse la solicitud del nuevo ejemplar.
En este sentido, el derecho a la identidad, reconocido en diversos instrumentos internacionales con jerarqu铆a constitucional, exige que el Estado garantice no s贸lo la emisi贸n del Documento Nacional de Identidad, sino tambi茅n su provisi贸n en plazos razonables y acordes a los est谩ndares de eficiencia y calidad en la prestaci贸n de los servicios p煤blicos.
Si bien las explicaciones brindadas por el RENAPER dan cuenta de un proceso de modernizaci贸n tecnol贸gica en curso, as铆 como de la implementaci贸n de nuevas modalidades documentarias, tales circunstancias no pueden traducirse en una afectaci贸n prolongada e indeterminada de los derechos de los ciudadanos, ni eximen al organismo de su deber de adoptar medidas eficaces para asegurar la continuidad y regularidad del servicio acorde a los plazos pautados e informados a trav茅s de su p谩gina web para las distintas modalidades de tramitaci贸n del ejemplar.
Asimismo, el principio de buena administraci贸n impone a los organismos p煤blicos el deber de actuar con transparencia, previsibilidad y eficacia, lo cual incluye brindar informaci贸n clara, veraz y actualizada respecto de los plazos reales que insumen la tramitaci贸n y posterior entrega del ejemplar, a fin de que los ciudadanos puedan tomar decisiones informadas y evitar perjuicios derivados de la desinformaci贸n en la que se ven inmersos al momento de tener que optar por una modalidades para la tramitaci贸n de su DNI, cuyos plazos comunicados no se condicen con las demoras actuales.
En consecuencia, si bien esta Defensor铆a entiende que se est谩 transitando un proceso de