Los seguros ya no estarán obligados a incluir en sus pólizas el servicio de remolque y auxilio mecánico a los usuarios |
En una decisión que ha generado un impacto significativo en el ámbito de los seguros de vehículos, la Superintendencia de Seguros de la Nación ha emitido una resolución acerca de que las compañías aseguradoras ya no podrán ofrecer a sus clientes los servicios de grúa y auxilio mecánico. Dicha medida, especificada en la Resolución SSN 217.2024 publicada en el Boletín Oficial el 28 de abril de 2024, establece un plazo de 90 días para la implementación de este cambio, el cual entrará en vigencia una vez que finalice el contrato vigente de cada usuario.
Esta resolución responde a una solicitud de las propias compañías aseguradoras, quienes argumentan que los servicios de remolque y auxilio mecánico no están alineados con el propósito principal de las pólizas de seguro. A partir de ahora, solo en casos de siniestros por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador, dejando de lado la cobertura previa que incluía asistencia para problemas mecánicos, pinchaduras, falta de combustible y otros inconvenientes no relacionados con accidentes.
Ante esta modificación, surge la incógnita sobre si las compañías reducirán los costos de las pólizas al