(Comunicado de prensa) - La Defensoría del Pueblo de la Nación le recomendó al Registro Nacional de las Personas (RENAPER), que adopte todas las medidas conducentes a fin de adecuar la información pública disponible en sus canales oficiales de comunicación -incluida su página web-, asegurando que la misma sea clara, veraz, completa y actualizada, especialmente en cuanto a las demoras actuales respecto de los plazos habituales para las distintas modalidades de tramitación de DNI, a fin de permitir a los ciudadanos tomar decisiones informadas.
La Defensoría nacional inició una investigación de oficio ante el incremento notorio de las consultas recibidas por demoras significativas en la tramitación del Documento Nacional de Identidad (DNI) emitido por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER), desde comienzos del año en curso.
Dichas demoras, superan ampliamente los plazos habituales del organismo para gestionar la documentación oficial que acredita identidad de los ciudadanos.
Tal situación afecta tanto a quienes gestionan su primer ejemplar de DNI como a quienes realizan su actualización y/o reposición, especialmente a aquellas personas que optaron por la modalidad regular o exprés, tanto para nacionales como extranjeros.
Según los reclamos recibidos en esta Defensoría del Pueblo de la Nación por parte de la ciudadanía, en el contexto actual, los plazos informados por el organismo se encuentran ampliamente excedidos, registrándose demoras que en muchos casos superan los 60 días para los trámites con modalidad regular y más de 15 días para la modalidad exprés, lo que evidencia una discordancia entre los tiempos oficialmente comunicados y los verificados en la práctica.
Dicha situación configura un obstáculo concreto en el acceso oportuno a un documento esencial, cuya posesión resulta indispensable para el ejercicio de derechos civiles, políticos, sociales y económicos, así como la posibilidad de realizar trámites administrativos, máxime cuando el ejemplar anterior es anulado automáticamente al momento de realizarse la solicitud del nuevo ejemplar.
En este sentido, el derecho a la identidad, reconocido en diversos instrumentos internacionales con jerarquía constitucional, exige que el Estado garantice no sólo la emisión del Documento Nacional de Identidad, sino también su provisión en plazos razonables y acordes a los estándares de eficiencia y calidad en la prestación de los servicios públicos.
Si bien las explicaciones brindadas por el RENAPER dan cuenta de un proceso de modernización tecnológica en curso, así como de la implementación de nuevas modalidades documentarias, tales circunstancias no pueden traducirse en una afectación prolongada e indeterminada de los derechos de los ciudadanos, ni eximen al organismo de su deber de adoptar medidas eficaces para asegurar la continuidad y regularidad del servicio acorde a los plazos pautados e informados a través de su página web para las distintas modalidades de tramitación del ejemplar.
Asimismo, el principio de buena administración impone a los organismos públicos el deber de actuar con transparencia, previsibilidad y eficacia, lo cual incluye brindar información clara, veraz y actualizada respecto de los plazos reales que insumen la tramitación y posterior entrega del ejemplar, a fin de que los ciudadanos puedan tomar decisiones informadas y evitar perjuicios derivados de la desinformación en la que se ven inmersos al momento de tener que optar por una modalidades para la tramitación de su DNI, cuyos plazos comunicados no se condicen con las demoras actuales.
En consecuencia, si bien esta Defensoría entiende que se está transitando un proceso de
modernización tecnológica que justifica las demoras actuales en la producción, emisión y entrega de los DNI, deviene necesario que el organismo arbitre las medidas conducentes a fin de adecuar la información pública disponible en su página web, advirtiendo de ello a la población, enfatizando las demoras actuales respecto de los plazos habituales para las distintas modalidades de trámites de DNI, garantizando de este modo el efectivo acceso de la población a su documentación de manera informada, lo cual permitirá prever a cada solicitante la modalidad que se adecúa a sus necesidades.