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lunes, 16 de junio de 2014

Rechazan excarcelación del cura Grassi

El cura Julio Grassi insiste con su inocencia

La Corte bonaerense desestimó "por inadmisible" un recurso que interpuso el religioso contra la decisión del Tribunal de Casación Penal bonaerense

La Corte Suprema de Justicia de la provincia de Buenos Aires rechazó el pedido de excarcelación solicitado por el cura Julio César Grassi, condenado a 15 años de prisión por abuso sexual y corrupción de menores.

El tribunal desestimó "por inadmisible" un recurso que interpuso el religioso contra la decisión del Tribunal de Casación Penal bonaerense, que en su momento dispuso hacer cesar la prisión morigerada.

Grassi, fue alojado en la cárcel de Ituzaingó el 23 septiembre de 2013 y el día siguiente fue trasladado al penal de Campana, donde cumple desde entonces su condena.

El fallo, que lleva las firmas de los jueces Héctor Negri, Luis Esteban Genoud, Hilda Kogan y Eduardo Néstor de Lázzari, negó que "exista un riesgo procesal que justifique la revocación de la prisión morigerada" y rechazó el argumento esgrimido por la defensa de Grassi, en el sentido de que
"se estaría ejecutando una pena anticipada".

La Corte explicó que su decisión "tuvo en mira la magnitud de la pena" por la que fue condenado Grassi, y dijo que el delito imputado "no permite la excarcelación".

El máximo tribunal también justificó la negativa en "la pluralidad de hechos contra la víctima, el lugar de comisión de los mismos y su calidad de sacerdote" de Grassi.

El cura, a través de su abogado defensor Rodrigo González, había basado su pedido ante el máximo tribunal en que "el fundamento del riesgo de fuga (por el que se dispuso su prisión preventiva) es un justificativo para disimular la ejecución de la condena que aún no está firme".

Grassi fue detenido el 7 de octubre pasado por decisión del Tribunal Oral Criminal 1 de Morón, que lo había condenado en 2009 al encontrarlo responsable de "abuso sexual agravado por resultar sacerdote, encargado de la educación y de la guarda del menor víctima".

Fuente: Tinta Judicial

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