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jueves, 9 de febrero de 2012

La Comuna busca sancionar a EDELAP y pide intervención judicial

Por deficiencias en el servicio

La Municipalidad de La Plata imputó a la empresa distribuidora de energía eléctrica, Edelap, el incumplimiento en la prestación del servicio de acuerdo con lo que establece el contrato de concesión y el articulado de la Ley Nacional 24.240 de Defensa del Consumidor y solicitará la aplicación de sanciones ante la Justicia de Faltas.

La medida  se dispuso en el marco de una actuación iniciada por la Subsecretaría de Servicios Públicos y Relaciones del Consumo como consecuencia de las interrupciones del servicio registradas en la región durante el mes de enero.

En tanto, hoy se inició una nueva actuación de oficio con la finalidad de establecer la eventual responsabilidad de la prestataria en las fallas registradas en los últimos días. Esta nueva actuación será girada a la Justicia Penal, acompañada de un pedido de averiguación de ilícitos eventualmente derivados de la caída de servicios básicos urbanos dependientes de la provisión energética.     

La Comuna solicitará además la intervención del Órgano de Control Eléctrico de Buenos Aires (OCEBA) y de la Defensoría del Pueblo de la Nación, la Provincia y La Plata.

Además, convocó a las entidades integradas en la Sindicatura de Usuarios del OCEBA con la finalidad de analizar la realización de una presentación judicial colectiva ante fuero Civil y Comercial en reclamo de compensación por los daños y pérdidas que pudieran haberse generado durante las interrupciones.  

La imputación, resuelta a instancias de las facultades de controlador del servicio que confiere la normativa a la Comuna, será girada a la Justicia de Faltas, órgano encargado de fijar las sanciones a la empresa, una vez que se agote el plazo de presentación del descargo por parte de la compañía, en un lapso de cinco días.

La investigación realizada en la mencionada Subsecretaría determinó incumplimientos de los parámetros de calidad y eficiencia que fija el contrato de concesión y transgresiones a lo fijado en los artículos, 4, 8 bis, 19 y 30 de la Ley de Defensa del Consumidor que ordenan el suministro de información, el trato digno y el correcto funcionamiento de los servicios en términos de lo fijado en el contrato de concesión.

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