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martes, 8 de abril de 2014

Denuncian que en un kiosco de City Bell cobran una suma adicional por cargar la SUBE

Un frentista de Gonnet denunció que en el kiosco de City Bell de Camino Centenario y Cantilo cobran una suma de dinero adicional por cargar sube, algo que está estrictamente prohibido.

El servicio de carga de la tarjeta SUBE es gratuito, no debería implicar ningún costo adicional a sus usuarios. Es decir que, por ejemplo, si un pasajero desea realizar una carga de $30, deberá abonar solamente dicha suma y se le acreditará ese mismo importe en su tarjeta SUBE. Pero muchos comercios cobran por la recarga como es el caso del kiosco que señala el vecino de Gonnet, Fernando Diez, quien habitualmente usa su tarjeta SUBE para movilizarse en transporte público.

Cabe consignar, que cobrar adicionales o exigir la compra de un producto por la prestación del servicio de carga de crédito en teléfonos celulares o en la tarjeta SUBE es una práctica abusiva que transgrede lo establecido en el Art 8º bis de la Ley Nº 24.240 de Defensa del Consumidor



"Te cobran 1 peso por cualquier monto que cargues. Yo le di $200 y me cargo $199", dijo el vecino.

Gi Mendes de Faisca nos cuenta que "no es en el único lugar que ocurre. En 493 y Sarmiento también te cobran un peso y en 44 y 14 lo mismo. Intenté hacer la denuncia en la misma página de SUBE pero no se puede".

Por su parte, Marcelo Haffner dijo que en Camino Belgrano y 467 (ex 11) también, le sucedió lo mismo.

Si al momento de realizar la operación el usuario detecta alguna irregularidad deberá informarla en el sitio http://www.sube.gob.ar/denuncia-por-inconveniente-con-centro-de-carga/




Estación de servicio de City Bell no da comprobantes de pago a sus clientes

En tanto, el usuario @fedemes nos hizo llegar a través de Twitter su denuncia contra una estación de servicio de bandera YPF ubicada en Centenario y 464 que, según refiere el vecino, "hace varios años vienen evadiendo porque no dan tickets ni comprobantes de compra con valor fiscal y solo venden en efectivo".

Cada vez que una persona realiza una compra o contrata un servicio forma parte de una relación que, en su aspecto económico, está gravada por distintos impuestos. El principal es el IVA (Impuesto al Valor Agregado). Comúnmente, el documento que certifica estas operaciones es el tiquet o la factura. Estos pueden ser: factura “A”, “B”, “C”; “M”, “A con CBU”, tiquet o tiquet – factura. Por lo general, el consumidor final se lleva la factura “C”, “B” o tiquet. La variedad de comprobantes responde a la clasificación por tipo de actividad o de contribuyente.

La emisión de estos comprobantes contribuye a que el monto del impuesto que se paga en cada transacción (incluido en el precio final del producto) se transforme en un recurso genuino para la
atención de las necesidades públicas. Por el contrario, si la operación no queda registrada mediante la emisión del debido comprobante, el porcentaje de la venta correspondiente al impuesto, es desviado de su destino original.

Otra consecuencia negativa derivada de este tipo de práctica, es que también se evade una porción del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto sobre los Ingresos Brutos ya que las ventas que se declaran, no se corresponden con las que efectivamente se realizan.

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