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lunes, 2 de junio de 2014

Rechazan probation por trágico accidente en YPF

La fiscal de juicio entendió que no es aplicable ese instituto, pero no cerró la puerta a un juicio abreviado

El juicio oral por la muerte de un obrero en la Refinería La Plata de la petrolera YPF no será solucionada por la aplicación de una suspensión de juicio a prueba (instituto conocido por su término en inglés “probation”) ya que la fiscal de juicio Silvina Mariana Langone se opuso a ese sistema, debido a la gravedad de los hechos que serán materia de juzgamiento, pero dejó abierta la puerta a que se llegue a un acuerdo de juicio abreviado, según se desprende de la documentación a la que accedió Tinta Judicial.

Por el caso está procesado un capataz de la empresa tercerizada que contrató la petrolera cuando era manejada por Repsol para la limpieza de un acumulador del sector “Lubricante” de la planta ubicada en Ensenada.

En la noche del 14 de septiembre de 2006, los operarios Felipe Ayala, Jesús Balsamo, Miguel Santiago Rodríguez y Luis Caballero estaban realizando tareas de mantenimiento bajo el control de Carlos Alberto García. Ayala recibió la orden de su capataz para que ilumine un tanque y al encender
la lámpara, estalló. El obrero fue decapitado por la explosión y sus compañeros sufrieron graves quemaduras.

Para el fiscal de Delitos Culposos de La Plata, Carlos Vercellone, “se encuentra debida y legalmente acreditado” que aquella noche “aproximadamente las 22.30 horas, dentro de Refinería La Plata de YPF, en la planta denominada Topping D, Sector Lubricante, precisamente en el acumulador denominado FA 1853, se encontraban efectuando tareas de limpieza tres operarios con el respectivo permiso de trabajo en frío y otro a escasos metros realizando tareas en otro acumulador”, según se lee en la documentación a la que accedió Tinta Judicial.

La atmósfera interior del tanque “se encontraba desgasificada y ventilada (acorde a lo declarado en el permiso de trabajo en frío y a escritura de notario) por lo que suponía la realización del trabajo de lavado en forma segura”.

García “supervisor responsable ejecutivo de la tarea, le indica al obrero Balsamo que tenía que lavar el tanque desde afuera con la manguera de agua fría por la boca de pasa hombres”.

Para la ejecución del trabajo “el mismo supervisor” le ordenó “a Felipe Ayala que iluminara con un reflector de 220 voltios y 500 watts de potencia, el cual no se hallaba autorizado para la tarea encomendada, en virtud de no ser de los clasificados intrínsecamente seguros, es decir del tipo antiexplosivos, que es el que debía haber usado para la ocasión, y así estaba prescripto en la guía de trabajo que YPF les entrega a las contratistas antes de efectuar las tareas encomendadas”.

Los investigadores concluyeron que “antes de la explosión, Jesús Balsamo y Felipe Ayala le dicen al supervisor Carlos García que había olor a gas, quien, en vez de cumplir con su obligación de parar las tareas y mandar a medir gases al personal de bomberos, les dice a los nombrados que continúen con la tarea echando agua”.

Ayala acercó el “reflector halógeno (no apto para atmósferas inflamables) a la boca del pasa hombre, es decir a la atmósfera explosiva, tomó contacto con los gases” que estallaron y decapitaron a Ayala e hirieron a sus compañeros de tareas.

La causa fue elevada a juicio por el juez de Garantías Néstor de Aspro (ya jubilado) y la resolución fue confirmada por la Cámara de Apelaciones y Garantías de La Plata.

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