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domingo, 30 de junio de 2024

No hay “incobrables” en accidentes de tránsito: logran categórico fallo contra una compañía de seguros de caución



Cada vez más, los demandados suelen declararse insolventes. En este caso, por el atropello con graves lesiones cometido por un taxista de Berisso, la compañía de seguros planteó la quiebra. Un abogado de La Plata, en representación de la víctima, logró destrabar el litigio con una millonaria demanda civil por daños y perjuicios. Los detalles del expediente.

En el marco de un accidente de tránsito registrado en Berisso en el que un taxi impactó contra una moto, causando lesiones de consideración a su conductor, la justicia en lo civil y comercial de La Plata falló en contra de una Aseguradora de Caución (TPC Compañía de Seguros S.A.) considerando dicho contrato un título ejecutivo complejo, y ordenando que se efectivice el pago de la póliza dado que la compañía Escudo Seguros S.A. -que había ofrecido de manera cautelar dicho seguro de caución para sustituir un embargo- incumplió la sentencia decretándose la quiebra de la misma.




Ante la posibilidad de tornarse incobrable ese juicio, el abogado platense Martín Bolpe, en representación de la víctima, había llevado adelante el embargo de Escudo Seguros S.A., pero luego dicha aseguradora solicitó una sustitución del embargo decretado, ofreciendo un Seguro de Caución de TPC Seguros. No obstante haberse opuesto el letrado mencionado, por los pésimos antecedentes financieros de la Compañía en el Banco Central de la República Argentina, lo que acreditó debidamente, el día 10 de agosto de 2022, la jueza a cargo del Juzgado Civil y Comercial N° 5 de la Plata, Fabiana Maricel Coradi, hizo lugar a la petición.

Tiempo después, y encontrándose apelada la sentencia de primera instancia que condenaba a la aseguradora, devino la quiebra e insolvencia de la misma (Compañía Escudo Seguros). Así es que, el letrado realizó averiguaciones en el juzgado federal sito en CABA, donde tramitaba la quiebra de la compañía Escudo Seguros, constatando que en la misma no existían bienes ejecutables.

La acción adquiere notable relevancia ante la gran cantidad de casos que se dan a diario en el Fuero Civil y Comercial donde una de las partes se declara insolvente, obstaculizando a la parte damnificada toda posibilidad de resarcimiento por el daño causado. Es decir, no hay bienes disponibles para requerir un embargo.

En este caso puntual, el abogado Bolpe investigó en el juzgado federal, donde se instruía el expediente por la quiebra, que ya no existían bienes del fallido Escudo Seguros. Ante ello, el letrado decidió no hacer la ejecución de sentencia y verificación del crédito, sino que pidió la ejecución del seguro de caución a la Aseguradora de Caución TPC, que tramitó por ante Juzgado Civil y Comercial Nº 20, toda vez que las actuaciones habían sido atraídas con la sucesión del demandado.

Ante ese planteo -y luego de varios prontos despachos presentados por el letrado ante la tardanza en el trámite- la Jueza Dra. Luciana Tedesco del Rivero, se expidió argumentando que el contrato de seguro de caución no se trataba de un título ejecutivo, decisión que fue recurrida y finalmente la Cámara Civil y Comercial de La Plata dictaminó que se trataba de un título ejecutivo complejo, citando para ello incluso jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Allí se puntualiza que “el seguro de caución es un contrato de garantía, cuya finalidad es garantizar a favor de un tercero, el asegurado, el incumplimiento del tomador, y ello de manera expeditiva, habida cuenta del origen de esta figura, que aparece como sustituto de una caución real en poder del comitente”.

De esta manera, y pese a las idas y vueltas del trámite del proceso, el damnificado por el siniestro vial, Ivo Naumovich, asistido por el patrocinio letrado del doctor Bolpe podrá acceder a un resarcimiento con la ejecución del seguro de caución.

La resolución favorable al damnificado fue dispuesta por la Cámara Civil a través de su Sala II con los votos de los jueces Francisco Hankovits y Leandro Banegas.

Según surge de las actuaciones, el hecho se produjo el 8 de abril de 2019 a las 14:30 cuando Naumovich circulaba al mando de su motocicleta Marca Mondial por calle 166 en sentido hacia calle 23 de Berisso. “A velocidad moderada y con todos los cuidados del caso, utilizando casco reglamentario, buena visibilidad y condiciones de tiempo favorables a la normal circulación”,

En ese cruce un Chevrolet Corsa taxi, que circulaba a alta velocidad por calle 23 en sentido hacia 166, “es decir a la izquierda y careciendo por lo tanto de prioridad de paso, no detiene su marcha y lo impacta violentamente”.

También se consigna en el expediente que, a raíz del golpe, Naumovich perdió el control de la moto y golpeó fuertemente contra la calzada. Perdió el conocimiento y le generó graves lesiones entre las más destacada la fractura de la clavícula izquierda afectación del nervio de una pieza dentaria y distintos cortes y politraumatismos

La víctima fue derivada de urgencia en una ambulancia al Hospital Zonal Doctor Martín Larrain de Berisso donde quedó internado varios días.

En aquel momento se formó la causa por lesiones culposas a cargo de la fiscal María Scarpino, a cargo de la Unidad Funcional de Delitos Culposos.

Al momento del siniestro, Naumovich tenía 19 años, trabajaba en un local de venta de ropa en Avenida Montevideo de Berisso y por las lesiones sufridas debió dejar de trabajar un tiempo considerable.

El monto del resarcimiento será actualizado al momento del pago, con las actualizaciones correspondientes. Fuentes judiciales adelantaron que la suma podría superar los cinco millones de pesos.