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viernes, 9 de diciembre de 2016

Rugbier agredió a una agente municipal durante operativo de control en Club La Plata Rugby

Una agente municipal fue brutalmente agredida por un rugbier del Club La Plata Rugby, en el marco de un operativo desarrollado de manera preventiva durante la cena de fin de año realizada por la institución. El lugar fue clausurado por no tener la habilitación de Bomberos.

La agresión contra una agente municipal, ocurrió esta madrugada, en momentos donde el personal de la Subsecretaría de Convivencia y Control Ciudadano montó un operativo de rutina en el ingreso al Club La Plata Rugby de calle 495 y 15, donde se realizaba un evento de fin de año.

“Las autoridades del Club nos informaron que iba a realizarse un evento institucional de fin de año con cena para socios y entrega de premios, es por ello que a las 2 de la mañana se dispuso un operativo de rutina en el lugar”, informó el Subsecretario del área, Roberto Di Grazia.

Precisó que “al llegar el personal municipal junto a los agentes policiales del Comando de Prevención Ciudadana solicitaron ingresar para constatar que el evento se desarrollara conforme a lo solicitado. Pero rápidamente los organizadores impidieron su paso”.

“En ese marco, un joven identificado como Thomas Martín Ariza se acercó y comenzó a insultar a la inspectora municipal y la agrede con un golpe mientras estaba comunicándose con su superior”, explicó Di Grazia, quien dijo que “el impacto la terminó tirando al piso y quebrando​ la muñeca​ de su brazo derecho”.

Ante este episodio de violencia, rápidamente el personal policial detuvo al joven, lo trasladó a la Comisaría de Gonnet, poniéndolo a disposición de la Justicia.​ Por su parte, la agente municipal fue trasladada al Hospital Italiano donde le realizaron las curaciones correspondientes.​

En tanto que personal municipal clausuró el evento por prohibir el ingreso al lugar del personal municipal violando el artículo 35 de la Ordenanza Municipal N° 6147, al mismo tiempo que se constató que el evento no contaba el informe técnico de bomberos.

Al respecto, desde la Secretaría de Legal y Técnica del Municipio se informó que se iniciarán las actuaciones judiciales correspondientes a raíz de dicha agresión, la cual viola dicha Ordenanza Municipal y el Código Penal que prevé penas de hasta un año de prisión por “Lesiones y resistencia a la autoridad”.

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Di Grazia: “Tenemos que asegurarnos que las medidas de seguridad estén dadas”

En torno a este episodio, el Subsecretario de Convivencia y Control Ciudadano, Roberto Di Grazia, dijo que “durante mucho tiempo en La Plata cada uno hizo lo que quería sin importar las leyes. Así, la ciudad se transformó en un lugar mucho menos cuidado”.

“Desde hace un año que estamos trabajando en mejorar la prevención, haciendo cumplir las normas y preocupándonos por cada uno de los platenses. Esto es un cambio que a muchos les cuesta entender”, agregó.
Sostuvo que “si un festejo está habilitado para cena, como fue el caso, no se puede convertir en una fiesta. Tenemos que asegurarnos que las medidas de seguridad estén dadas. Sabemos que es antipático
para quien se quiere divertir, pero la única manera de hacerlo es actuando bajo las reglas”.
“Tenemos que aprender a convivir nuevamente y si un agente municipal impide un accionar, haciendo cumplir la ley, no puede haber motivo de discusión y mucho menos puede haber lugar a la violencia”, agregó.
Di Grazia subrayó que “en las últimas semanas multiplicamos las acciones en la vía pública y esto trajo como consecuencia varios actos de violencia. Ese no es el camino, debemos entender que ahora hay un estado presente que busca lo mejor para todos”.

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Ordenanza Municipal 6147. Artículo 35: Toda acción u omisión, que obstaculizare, perturbare o impidiere la inspección o vigilancia que el Municipio realice en uso de su poder de policía, será sancionada con multa de 10 a 1000 módulos y/o arresto de hasta 30 días.

Código Penal. Art. 237. Será reprimido con prisión de un mes a un año, el que empleare intimidación o fuerza contra un funcionario público o contra la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de un deber legal, para exigirle la ejecución u omisión de un acto propio de sus funciones.

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